Plan Activa Empleo Local, Gastos Corrientes y Mobiliario 2020.

El objeto de estas normas reguladoras es establecer las premisas específicas en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación para regular la concesión de subvenciones públicas a través de este plan de ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la LGS, el art 13 de la OGS y en la Base 40 de las de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2020, habiéndose previsto que está subvención se lleve a cabo mediante concesión directa en régimen de convocatoria abierta.

La subvención consistirá en transferencias corrientes y de capital de la Diputación de Cáceres a las entidades locales beneficiarias, siendo subvencionables las actuaciones que se detallan en la Norma Sexta de las presentes Normas Reguladoras.

Las presentes normas regularán todo el procedimiento, que tienen vigencia durante el año 2020 y 2021, y no podrán ser objeto de prórroga, ni expresa ni tácita.

PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución de los Planes será el que a continuación se indica para cada uno de ellos:

1) PLAN ACTIVA EMPLEO LOCAL

El plazo de ejecución de la línea de empleo, para contrataciones ya existentes, será desde el 1 enero hasta el 31 de diciembre de 2020.

En caso de tratarse de nuevas contrataciones, el plazo de ejecución se extenderá desde la fecha de inicio de contrato hasta un máximo de 12 meses a partir de dicha fecha.

La fecha límite para llevar a cabo los contratos subvencionables con cargo a este Plan será el 1 de agosto de 2020, siendo la fecha final máxima del periodo de ejecución el 31 de julio de 2021 (para aquellas Entidades que agotasen la fecha límite para contratar).

Tanto la duración de los contratos como de la jornada laboral serán determinados por la Entidad Local según su conveniencia y oportunidad.

2) PLAN ACTIVA GASTOS CORRIENTES

El plazo de ejecución de los gastos corrientes será desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.

3) PLAN ACTIVA MOBILIARIO

El plazo de ejecución de la inversión subvencionada será desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.

Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos correspondientes a los mismos podrán realizarse hasta la finalización del periodo de justificación.

PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN

Con respecto a los planes se establece cuanto sigue en relación a la prórroga de los plazos de ejecución:

1) PLAN ACTIVA EMPLEO LOCAL

No podrá solicitarse prórroga del plazo de ejecución

2) PLAN ACTIVA GASTOS CORRIENTES

No podrá solicitarse prórroga del plazo de ejecución

3) PLAN ACTIVA MOBILIARIO

Sólo podrá solicitarse prórroga del plazo de ejecución cuando al tratarse de un gasto a realizar mediante adjudicación del contrato este no haya podido adjudicarse en tiempo y forma por causas no imputables a la Administración. Para ello deberá solicitar la prórroga del plazo de ejecución antes del 1 de diciembre del 2020 en cualquier caso.

La prórroga a conceder no podrá exceder del plazo de 3 meses.

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