Subvenciones de compensación económica a empresas por la colaboración en prácticas no laborales del programa de formación en alternancia con el empleo “CRISOL-FORMACIÓN” .

Finalidad de la ayuda:

Compensar a  las  empresas  colaboradoras en la etapa de prácticas no laborales de proyectos del programa de formación en alternancia con el empleo denominado Crisol-Formación aprobados al amparo de la Orden de 4 de octubre de 2018, según lo previsto en el capítulo II y en la sección segunda del capí-tulo III de la Orden de 26 de septiembre de 2019, por la que se establecen las bases regula-doras de la concesión de subvenciones destinada a dicho programa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura ( DOE n º 192 de 4 de octubre de 2019).

Destinatarios

  • Empresas y entidades sin ánimo de lucro que tengan su centro de trabajo en el municipio de actuación, que no sean las entidades promotoras de los proyectos, y cuenten con los recursos humanos y materiales necesarios para el desarrollo de las prácticas no laborales conforme al artículo 12 del Decreto 153/2018, de 18 de septiembre.
  • Agrupaciones  de  empresas,  comunidades  de  bienes,  o  cualquier  otro  tipo  de  unidad  económica  o  patrimonio  separado  que  cumplan  los  requisitos  del  párrafo  anterior.  Cuando se dé esta circunstancia, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.  En cualquier  caso,  deberá  nombrarse  un  representante  o  apoderado  único  de  la  agrupación,  con  poderes  bastantes  para  cumplir  con  las  obligaciones  que,  como  beneficiario,  corresponden a la agrupación.

No  podrá  disolverse  la  agrupación  hasta  que  haya  transcurrido  el  plazo  de  prescripción  previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Se excluyen como beneficiarias de las presentes ayudas las empresas de trabajo temporal.

Plazo de presentación

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización de la etapa de prácticas no laborales por el último alumno/a participante, y, en todo caso, dentro del periodo de vigencia de la presente convocatoria (24 de junio de 2020)

 

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